EDITORIALTENDENCIAS

EDITORIAL | ¿Desde pasillos criticamos proliferación de emisoras sin permiso, pero atacamos al ente cuando ordena?

OPINIÓN | TLL. -Si bien es cierto que en los últimos días se ha elevado el cierre de emisoras a nivel nacional, también lo es que el espectro desde hace algún tiempo está sobresaturado por los nuevos radiodifusores que sin fundamentos legales, han puesto AL AIRE emisoras. Recordemos: en la llamada cuarta república el simple hecho de encender un transmisor de radio sin la debida autorización, implicaba perder todas las posibilidades de poseer un medio de comunicación; al tiempo que generaba un hecho punible para ser detenido inmediatamente por la extinta DISIP (Por citar uno, de los tantos ejemplos).

En la actualidad, observamos que el órgano rector CONATEL Comisión Nacional de Telecomunicaciones, viene realizando una limpieza del espectro y abriendo las posibilidades a que el consesionario legalice su estatus, y de la misma forma garantizando el derecho al trabajo sin competencia desleal de las emisoras debidamente registradas, cuyos aranceles de impuestos y mantenimiento se habían hecho casi insostenibles.

Por momentos nos hacemos de oídos sordos, pero la realidad es que mucho del contenido incluido en la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, NO HA CAMBIADO.

*El hecho de introducir la solicitud para una emisora y pagar aranceles ante CONATEL, no implica que al hacerlo pueda usted encender transmisores. Debe esperar a que el órgano le autorice.

*Que usted no sea militante del proceso, no le faculta a no transmistir cadenas ni cercenar micros y publicidad del MINCI. Es Ley transmitirlas como sucede en cualquier país.

*El número de frecuencias y emisoras está determinado por la cantidad de habitantes que tiene un municipio o distrito.

*El procedimiento de solicitud ante CONATEL es de carácter peronalísimo; es decir, que nadie está facultado para introducir sus proyectos o solicitar la habilitación de su medio. Solo usted es el responsable de hacerlo.

*Los objetivos de cada medio son claros. Si la emisora es alternativa o comunitaria, sus funciones están preestablecidas según la ley. Si es una emisora comercial en clases «A» «B» «C» de igual forma la Ley Orgánica de Telecomunicaciones ofrece las disposiciones para su operabilidad.

*Si el tiempo de concesión caducó, usted sabe que entra en un periodo para cumplir con los requisitos exigidos por el órgano, a fin de renovar su estatus. Las concesiones no son heredables.

En conclusión, las matrices de opinión que ultimamente se han generado, obedecen a otro factor de NOTICIAS FALSAS y que por nuestro desconocimiento, corremos el riesgo de caer en la desinformación. Las emisoras que actualmente están siendo cerradas son, en su mayoría, ilegales porque no pagan impuestos, no cumplen con la ley en ninguno de sus artículos, y entorpecen el trabajo de las emisoras legalmente constituidas.

Abrir chat
TIERRA LLANERA | Contacta en Directo con Nosotros.